En la vida empresarial existen riesgos que

NO tiene porque asumir sólo.

Con el seguro de Responsabilidad de Administradores y Directivos (D&O):

Nosotros le protegemos…

En defensa de su patrimonio

Para salvaguardarlo ante reclamaciones por errores de gestión suyos o de personas de las que usted responda, mediante:

  • El abono de gastos de defensa que se anticiparán hasta la resolución final del asunto.
  • La constitución de fianzas civiles que pudiera imponer un juez.
  • El abono de gastos de constitución y mantenimiento de fianzas penales.
  • El abono de multas administrativas que le fueran directamente impuestas.
  • El abono de los perjuicios.

En defensa de su imagen

Para restituirla y mitigar posibles daños a su reputación, mediante el abono de los gastos de restitución de imagen consistentes en la contratación de servicios de relaciones públicas, que se anticiparán hasta la resolución final del asunto.

En defensa de su gente

Para salvaguardar igualmente el patrimonio de su cónyuge, pareja de hecho, masa hereditaria o sus herederos, representantes legales o albaceas.

En defensa de sus proyectos

Para salvaguardar de igual manera su patrimonio ante una posible reclamación de responsabilidad como fundador por errores de gestión durante el proceso de constitución o inscripción de la sociedad o filiales.

En defensa de sus intereses

Para asistirle en el cumplimiento de su obligación de comparecer en caso de investigación contra la sociedad por un organismo público inspector, mediante el abono de dichos gastos de investigación.

En defensa de su futuro

Para seguir salvaguardando su patrimonio en el futuro de igual manera, mediante:

  • Su cobertura como administrador o directivo actual, pasado o futuro.
  • Su cobertura como antiguo administrador o directivo durante 4 años.
  • Un período informativo de reclamaciones de 1 año, si no se renueva la póliza.

En su defensa y con confianza en usted

Para abonar los gastos de constitución y mantenimiento de aval concursal

cuando un juez acepte dicho aval de forma preventiva y ante una eventual y futura responsabilidad civil de conformidad con el artículo 48.3 de la Ley Concursal.

Y de forma automática allí donde esté…

filiales

entidades

participadas

Para salvaguardarle y asistirle cuando sea:

  • Administrador o directivo tanto de una filial ya existente o de nueva constitución o adquisición durante el período de seguro.
  • Representante permanente en una entidad participada, mientras lo sea o lo fuera.

Las últimas modificaciones legales han incrementado la necesidad de esta cobertura, puesto que:

El administrador responderá con su patrimonio por las deudas

La responsabilidad civil de los administradores no prescribe

El nuevo código penal obliga a poner en marcha medidas para la prevención de delitos y la lucha contra la corrupción.

Aquí tienes un enlace a un vídeo muy ilustrativo

Si desea más información sobre el Seguro de Responsabilidad Civil D&O de Consejeros y Directivos póngase en contacto con nosotros info@ramirorevuelta.es