El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó el pasado 16 de junio la Ley 3/2016, de 9 de junio, para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda adaptando la Directiva Hipotecaria.

Mediante esta Ley se regulan actuaciones preventivas que inciden en una mayor protección de las personas consumidoras y usuarias, tanto en las fases previas del proceso de contratación del préstamo hipotecario, reforzando la posición de aquellas en este tipo de productos, regulando el deber de información y documentación de los operadores implicados durante todo el íter contractual, como en la fase posterior a la firma del contrato.

Es muy destacable y de recomendable lectura lo previsto, en línea con el párrafo anterior, en el artículo 10.3 letra D) en referencia al contenido del Documento de Información Personalizada Complementaria (DIPERC) que establece claramente lo siguiente:» … y, si se exige la contratación de una póliza de seguro, que la empresa prestamista tiene la obligación de aceptar la de cualquier proveedor distinto del ofrecido por esta cuando dicha póliza posea un nivel de garantía equivalente.»

Esto redundará en la necesaria libertad del consumidor sobre la elección del seguro que más le conviene, lejos de las actuales circunstancias de coacción que se producen a diario.

 

Pincha aquí para consultar la Ley